El pasado 12 de abril, el Pleno del Senado de la República aprobó por unanimidad el nuevo Código.
La creación y aprobación del nuevo Código se deriva de la reforma constitucional en materia de justicia cotidiana, de 2017, así como de la facultad otorgada al Congreso de la Unión, dentro de esa misma reforma, para expedir una legislación única en materia procesal civil y familiar. Esto significa, en otras palabras, la expedición de la ley secundaria que reglamenta aquella reforma constitucional.
El Código busca, asimismo, convertirse en una plataforma o base regulatoria común para las entidades federativas del país, respetando las especificidades locales. También coadyuvará a que el sistema judicial mexicano enfrente de mejor manera desafíos como la corrupción, la incertidumbre jurídica, la discriminación o la lentitud de los procesos. Dado que alrededor del 70 por ciento del total de los juicios en nuestro país pertenecen a la denominada justicia cotidiana, la creación y votación del nuevo Código es absolutamente trascendente para nuestro sistema de justicia.
Por otra parte, cabe destacar que naciones como Brasil, con el Código de Proceso Civil Brasileño, de 2015; Ecuador, con el Código Orgánico General de Procesos, del mismo año, o Colombia, con el Código General del Proceso, establecido en la Ley 1564, de 2012, actualizaron sus procesos civiles para una mejor justicia familiar y civil.
Aprovecho estas líneas para reiterar mi felicitación a las y los integrantes de las comisiones de Justicia, y de Estudios Legislativos, Segunda, del Senado de la República, por haber realizado un gran esfuerzo de consenso para la materialización legislativa de este ordenamiento jurídico.
Por todo lo anterior, el nuevo Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares es un gran avance jurídico para nuestro país, que nos sitúa, sin duda, a la vanguardia de los mejores del continente y del mundo.