Es este papel unificador dentro de la educación, herencia colonial, la que propone un modelo de Estado nación que favorezca a la homogenización de la población, vislumbrando la formación de instituciones mestizas que promovían la herencia europea. Los pueblos indígenas no fueron contemplados dentro del nacimiento del Estado nacional, no formaron parte de su contrato social; se buscó su integración a partir de un proceso de universalización donde la cultura indígena era un obstáculo para la modernidad como se puede notar directamente en el Plan de Iguala: “¿Quién de vosotros puede decir que no desciende de español? Ved la cadena dulcísima que nos une; añadid los otros lazos de la amistad, la dependencia de intereses, la educación e idioma y la conformidad de sentimientos, y veréis son tan estrechos y poderosos, que la felicidad común del reino es necesario la hagan todos reunidos en una sola opinión y en una sola voz”.
Al comparar el proyecto mexicano de 1823 con la ley española de 1821 se nota que el primero contiene varias ideas y directrices sobre la educación parecidas a la legislación del país europeo, el nacimiento del proyecto educativo en México se basó en la negación del otro, legitimándose y capitalizándose por medio del sometimiento, el despojo y la apropiación de los recursos de los pueblos ya antes conquistados y sometidos durante el virreinato.
En 1821, Agustín de Iturbide proclamó el Plan de Iguala, documento político en que se declaraba a la Nueva España como país soberano e independiente. Siendo el plan parte fundamental para la construcción política y social del México naciente, estuvo influido directamente por las cortes de Cádiz, debido a que más de 70 diputados mexicanos participaron entre 1810 y 1821 en las asambleas de las cortes, significando una herencia de ideas francesas, inglesas y españolas, además de ser un ensayo político para varios funcionarios del futuro país independiente.
Muchas de las ideas educativas que se propusieron para este México naciente fueron heredadas de Gaspar Melchor de Jovellanos, un educador y estadista español, muerto en 1811, quien fungió como consejero del rey y fue miembro destacado la Sociedad Económica Amigos del País, organización dedicada al aumento de la producción económica por medio del fomento de inversiones técnicas, la disminución de los privilegios de la nobleza, la Iglesia y los gremios, y el establecimiento de escuelas.
En 1812 las cortes de Cádiz con la participación de futuros dirigentes del México independiente, como Miguel Ramos Arizpe, Lucas Alamán, Pablo de la Llave, Lorenzo de Zavala y Manuel Gómez Pedraza, establecieron la instrucción del gobierno económico-político de las provincias, donde se planteaba el Plan de Enseñanza Pública en toda la monarquía, aunque nunca logró su funcionamiento, debido a que la propuesta llegó después de la Independencia en 1821.
Será ésta (la instrucción del gobierno económico-político de las provincias) la primera ley española propuesta por Gaspar Melchor de Jovellanos, que incluía un plan detallado para varios niveles educativos, como la enseñanza de las primeras letras, estudios para personas mayores, universitarios, mujeres, etcétera. Aun cuando no tuvo aplicación en el México naciente debido a la Independencia, ésta ejerció una influencia directa en los proyectos educativos estatales futuros.
La propuesta del Plan de Enseñanza Pública propuesta en las cortes de Cádiz será la base para que los ministros de Relaciones y Justicia, Lucas Alemán y Pablo de la Llave, respectivamente, tomaran la orden del encargado del Ejecutivo (Agustín de Iturbide) para formular en 1821 un plan general de educación dentro del Reglamento General de Instrucción Pública, donde se plantean cuatro conceptos sobre la educación:
- El papel del Estado como unificador de toda la educación.
- El papel del Estado como supervisor de la instrucción impartida por la Iglesia.
- El papel del Estado como favorecedor de una enseñanza moderna.
- El papel del ayuntamiento municipal como promotor de la educación primaria.
Es este papel unificador dentro de la educación, herencia colonial, la que propone un modelo de Estado nación que favorezca a la homogenización de la población, vislumbrando la formación de instituciones mestizas que promovían la herencia europea. Los pueblos indígenas no fueron contemplados dentro del nacimiento del Estado nacional, no formaron parte de su contrato social; se buscó su integración a partir de un proceso de universalización donde la cultura indígena era un obstáculo para la modernidad como se puede notar directamente en el Plan de Iguala: “¿Quién de vosotros puede decir que no desciende de español? Ved la cadena dulcísima que nos une; añadid los otros lazos de la amistad, la dependencia de intereses, la educación e idioma y la conformidad de sentimientos, y veréis son tan estrechos y poderosos, que la felicidad común del reino es necesario la hagan todos reunidos en una sola opinión y en una sola voz”.
Al comparar el proyecto mexicano de 1823 con la ley española de 1821 se nota que el primero contiene varias ideas y directrices sobre la educación parecidas a la legislación del país europeo, el nacimiento del proyecto educativo en México se basó en la negación del otro, legitimándose y capitalizándose por medio del sometimiento, el despojo y la apropiación de los recursos de los pueblos ya antes conquistados y sometidos durante el virreinato.