Las empresas deben verificar si el teletrabajador cuenta con las condiciones adecuadas para desempeñar sus labores desde casa.

El trabajo a distancia llegó para quedarse, subraya el presidente de la Coparmex en Jalisco, Raúl Flores López, quien acentúa que esta opción ayudó a muchas empresas a mantenerse durante la crisis sanitaria; incluso, “elevaron su productividad”.
Tras los ajustes de la pandemia, el sector productivo está en la etapa de mayor adaptación en esta modalidad. En el país, mientras en el año 2019 solamente el 3% de los trabajadores practicaban la modalidad de trabajo en casa, las cifras subieron hasta el 35%, de acuerdo con la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
Las empresas se han planteado disminuir el espacio destinado a las oficinas para mantener un sistema de trabajo híbrido. Por eso, los patrones han adoptado esa flexibilidad laboral tras la crisis sanitaria, por lo que se requiere una nueva política institucional en la que se mida el desempeño por resultados y no por horas.
En México, el Congreso de la Unión ya reformó la Ley Federal del Trabajo para regular el llamado “home office”. Entre las nuevas disposiciones está la obligación de los patrones a proporcionar los instrumentos para el trabajo a distancia y pagar proporcionalmente el internet y la electricidad.
Se considera trabajo a distancia los casos en que más del 40% del tiempo de actividades laborales se desarrollen en el domicilio de la persona trabajadora.
En la ley se estableció que este esquema forme parte del contrato colectivo, en el caso de que este exista en la empresa, por lo que el teletrabajo y el acuerdo para implementarlo, y los detalles de la modalidad, deben quedar establecidos por escrito, personal o colectivamente.